
Senado aprueba en segunda lectura eliminación de las candidaturas independientes
Actualidad12/03/2026
Prensa TNIEl Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto de ley orgánica que deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, con el objetivo de eliminar las candidaturas independientes en las cuales las personas que se postulan a un cargo de elección popular lo hacen sin pertenecer a un partido, movimiento o agrupación política y sin que los mismos sirvan de plataforma para su propuesta electoral.
La normativa electoral es autoría de los senadores Ramón Rogelio Genao, Moisés Ayala Pérez, Alexis Victoria Yeb, Eduard Alexis Espiritusanto, Antonio Marte, Aracelis Villanueva, Lía Ynocencia Díaz, Pedro Catrain, Julito Fulcar Encarnación, María Mercedes Ortiz y Johnson Encarnación Díaz.

En su segundo considerando, la propuesta a la Ley Orgánica del Régimen Electoral deroga la Ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral y sus modificaciones. El documento señala que las candidaturas independientes que puedan resultar gananciosas de una posición electoral pueden encontrar escollos y dificultades para la efectividad del ejercicio de los mandatos constitucionales, principalmente en lo concerniente a la suplencia, la institucionalización de bloques y otros modelos de participación democrática.
La propuesta legislativa indica que se hace necesaria la intervención del Congreso a los fines de proceder a suprimir el modelo de candidaturas independientes, lo que evitaría las dificultades y contrariedades al sistema político e institucional dominicano, el cual concentra en los partidos políticos los principales procesos de participación.
En primera lectura
En primera lectura, el Pleno del Senado aprobó el proyecto de ley que modifica los artículos 5, 12 y 14 de la Ley 339-22, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial. La iniciativa, presentada por la Suprema Corte de Justicia, tiene el propósito de establecer que la tramitación ante el Poder Judicial se realice de manera digital, manteniendo la garantía del acceso presencial en las sedes de la institución.
En la pieza se afirma que estas reformas amplían las facilidades tecnológicas y normativas para el uso de la firma digital por parte de los auxiliares de la justicia y otros actores activos y pasivos del sistema.
“Esto es vital para asegurar la autenticidad, integridad y validez. Además, busca implementar un sistema georreferenciado para documentar el lugar, la fecha y la hora de las diligencias de los alguaciles, a fin de mejorar la seguridad jurídica a través de la trazabilidad y la certeza en la ejecución de sus actos procesales”, señala el proyecto.
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