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title: "CNMC multa a Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por irregularidades en publicidad en redes sociales"
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date_published: "2026-07-23T11:39:00-04:00"
date_modified: "2026-07-23T11:47:11-04:00"
author_name: "Mila Matos"
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category_name: "Entretenimiento"
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# CNMC multa a Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por irregularidades en publicidad en redes sociales

La **Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)** de España impuso sanciones económicas a los creadores de contenido **Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter** por incumplimientos relacionados con su actividad comercial en plataformas digitales.

Las multas, que van desde los **700 euros hasta casi 1,800 euros**, responden a diferentes irregularidades detectadas por el organismo, entre ellas la falta de identificación de contenidos publicitarios, fallos en la protección de menores y la difusión de publicidad de medicamentos sin cumplir los requisitos establecidos.

La CNMC explicó que las sanciones buscan reforzar el cumplimiento de las normas que regulan la **publicidad digital**, especialmente en un escenario donde los influencers tienen millones de seguidores y una gran capacidad de influencia sobre sus audiencias.

El organismo consideró que las comunicaciones comerciales difundidas por creadores de contenido deben ser claramente identificadas como **publicidad**y **cumplir**con las obligaciones legales correspondientes.

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## Ibai fue sancionado por no identificar publicidad durante “La Velada”

En el caso del creador español **Ibai Llanos**, la CNMC determinó que varias publicaciones realizadas en la red social X relacionadas con el evento de boxeo **“La Velada”** incluían la promoción de una marca de bebida sin señalar claramente que se trataba de contenido publicitario.

Por esta infracción, el organismo estableció una multa inicial de **710 euros**, que quedó reducida a 568 euros tras acogerse al pago anticipado.

Ibai Llanos es uno de los creadores digitales más reconocidos de España, con millones de seguidores en plataformas como **Twitch**, **YouTube** y otras **redes sociales**. Su evento **“La Velada del Año”** se ha convertido en una de las transmisiones digitales más populares del mundo hispanohablante.

La CNMC señaló que los usuarios deben poder distinguir fácilmente cuándo un contenido responde a una **colaboración comercial** y cuándo corresponde a una publicación espontánea del creador.

En el expediente relacionado con **Jordi Wild**, el organismo analizó contenidos**publicados en YouTube** vinculados al evento **“Dogfight Wild Tournament”**, una competición de combates de contacto extremo.

## Jordi Wild y Nachter recibieron las sanciones más elevadas

La CNMC determinó que algunos contenidos difundidos por Jordi Wild debieron contar con una **clasificación y advertencias adecuadas**, además de activar herramientas de restricción de acceso para menores disponibles en la plataforma.

**Según el organismo**, la ausencia de estas medidas podía reducir la efectividad de los sistemas de control parental y facilitar que menores accedieran a contenidos no recomendados para su edad.

Por estos motivos, Jordi Wild recibió una multa de **1,543 euros**, reducida a 1,241 euros tras el reconocimiento de responsabilidad y el pago anticipado.

Wild cuenta con millones de seguidores en sus canales digitales, especialmente por sus proyectos**“El Rincón de Giorgio”** y **“The Wild Project”**, donde desarrolla entrevistas, debates y contenidos de entretenimiento.

En el caso de **Nachter**, la CNMC sancionó la difusión de comunicaciones comerciales relacionadas con medicamentos antigripales en sus cuentas de Instagram y Facebook.

El organismo indicó que la publicidad de medicamentos está sometida a **normas específicas**, entre ellas la obligación de identificar claramente el carácter comercial del contenido e incluir información necesaria para un uso adecuado del producto.

La multa impuesta a Nachter fue de **1,779 euros**, aunque se redujo a 1,067 euros después de que el creador reconociera la responsabilidad y realizara el pago anticipado.

La **CNMC**recordó que los **influencers**y **creadores digitales** deben cumplir las mismas obligaciones publicitarias que otros actores comerciales cuando promocionan productos o servicios ante sus audiencias.

El organismo español también informó que en junio realizó requerimientos a otros creadores de contenido, entre ellos **Sofía Suescun, Tamara Gorro, Peldanyos, Samy Spain y Lola Lolita**, por no identificar correctamente publicaciones con contenido publicitario.

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