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title: "El Poder Ejecutivo prohíbe la importación de productos elaborados con trabajo forzoso"
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date_published: "2026-07-24T09:18:00-04:00"
date_modified: "2026-07-24T09:36:55-04:00"
author_name: "Mila Matos"
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category_name: "Actualidad"
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# El Poder Ejecutivo prohíbe la importación de productos elaborados con trabajo forzoso

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto núm. 502-26, mediante el cual establece el procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir la importación de mercancías, productos y bienes elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso. La medida busca fortalecer la protección de los derechos humanos y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.

El decreto faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a prohibir, mediante una decisión debidamente motivada, la importación de mercancías cuando se determine que fueron producidas utilizando trabajo forzoso. Asimismo, dispone que estas medidas podrán aplicarse incluso a mercancías que ya hayan zarpado hacia el país, se encuentren en puertos o estén sometidas a cualquier régimen u operación aduanera previa a su ingreso definitivo al territorio nacional.

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La normativa también establece que, en los casos correspondientes, la DGA podrá ordenar la reexportación de los productos al país de origen o a otro destino autorizado, su destrucción o cualquier otra medida contemplada por la legislación vigente. Además, la institución deberá mantener un registro administrativo de todas las mercancías, productos y bienes cuya importación haya sido prohibida bajo este procedimiento.

Como parte del decreto, el Gobierno promueve el fortalecimiento de la cooperación internacional mediante el intercambio de información y la adopción de buenas prácticas con organismos y autoridades de otros países, con el objetivo de identificar mercancías que puedan haber sido producidas mediante trabajo forzoso y evitar su comercialización en el territorio dominicano.

El Decreto núm. 502-26 también dispone la coordinación entre la Dirección General de Aduanas, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y demás instituciones competentes, con el propósito de reforzar la prevención, vigilancia y control del comercio internacional frente a este tipo de prácticas.

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