Caso Wander Franco: hoy conocerán medida de coerción al pelotero

Actualidad 05 de enero de 2024 Mila Matos Mila Matos
20230826034518-0-2091888

La mañana de este viernes será cuando la Oficina de Atención Permanente de Puerto Plata conocerá medida de coerción en contra del pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, acusado de estar involucrado sentimentalmente con una menor de edad.

De acuerdo con el expediente, a la madre de la menor también se le conocerá medida de coerción.

El pelotero de Grandes Ligas Wander Franco, de 22 años, está sometido junto a la madre de una menor de edad, la cual supuestamente habría sostenido una relación sexual con él.

En la solicitud depositada ante la Oficina de Atención Permanente, el Ministerio Público ha pedido que a Franco se le imponga como medida de coerción una garantía económica de cinco millones de pesos, junto con impedimento de salida y arresto domiciliario.

Según el documento que contiene casi 600 páginas, entre presentación de cargos y anexos de pruebas físicas, las autoridades acusan inicialmente al beisbolista de 22 años de violar el artículo 396, en sus literales B y C de la ley 136-03, que es el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

La acusación indica que en fecha 9 de diciembre del 2022, Franco sustrajo a la adolescente, de entonces 14 años de la calle Principal del sector Los Ciruelos, municipio Montellano, en Puerto Plata, por un espacio de dos días, donde abusó sexualmente de ella y que luego estuvieron “juntos, con el consentimiento ilegal de la madre” por un espacio de cuatro meses.

El texto legislativo señala que de encontrarse culpable de cometer estos delitos, será castigado con penas de dos a cinco años de prisión y multa de tres a diez salarios mínimos establecido oficialmente, vigente al momento de cometer la infracción.

La acusación igual señala a Wander de violar los artículos 409 y 410 de la misma ley las cuales tratan de la comercialización y la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes; además de su “Principio V”, el cual señala que el “principio del interés superior del niño, niña o adolescente debe tomarse en cuenta siempre en la interpretación y aplicación de este Código y es de obligatorio cumplimiento en todas las decisiones que les sean concernientes”.

En cuanto a la madre de la menor, de quien se omite su nombre para preservar los derechos de la adolescente, el órgano persecutor ha solicitado que le sea impuesta como medida cautelar el impedimento de salida del país y arresto domiciliario.

La investigación, que aún está en curso, la encabeza la Fiscalía de Puerto Plata con el apoyo de directora nacional de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia del Ministerio Público, la procuradora adjunta Olga Diná Llaverías, junto a Kelmi Duncan, titular de la Fiscalía de  Puerto Plata; Luisa Marmolejos, coordinadora de la Unidad de Violencia de Género Intrafamiliar y Delitos Sexuale.

Te puede interesar
Lo más visto