Poder Ejecutivo aprueba reglamento para supervisar y regular el béisbol en RD

Deportes27/08/2026Lenissa FloresLenissa Flores

El Poder Ejecutivo aprobó, mediante el Decreto 601-26 del 26 de agosto de 2026, el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en República Dominicana.


La normativa establece reglas para ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros, scouts y otros actores relacionados con esta actividad. La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol tendrá a su cargo la supervisión.


El reglamento crea el Registro Nacional del Sistema de Béisbol, en el que deberán inscribirse ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros, scouts y otros participantes, quienes tendrán que mantener actualizada su información.

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En el béisbol profesional, la normativa regula la supervisión de ligas y organizaciones, el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos. También establece condiciones mínimas de protección contractual, transparencia y consentimiento informado.


Para el béisbol recreativo, contempla el registro y categorización de jugadores y equipos, la organización de eventos, certificación de entrenadores, registro y capacitación de árbitros y condiciones de seguridad de las instalaciones. Además, exige a los equipos contar con una póliza de responsabilidad civil.


El reglamento también establece requisitos para las academias de béisbol, que deberán registrarse y cumplir condiciones de seguridad, salubridad, higiene y mantenimiento. Aquellas que proporcionen alojamiento, alimentación o transporte deberán garantizar condiciones adecuadas de habitabilidad, nutrición, supervisión y trato digno.


En el caso de los menores de edad, la normativa exige autorización de padres, madres, tutores o responsables legales para determinadas actividades y dispone medidas para prevenir abuso, explotación, acoso, discriminación, negligencia, sobreentrenamiento y abandono escolar.


Asimismo, establece que la práctica deportiva no deberá perjudicar la educación, la salud, el descanso ni el desarrollo integral de los menores. El reclutamiento y la evaluación de prospectos deberán realizarse con transparencia y sin prácticas engañosas o abusivas.


La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol podrá realizar inspecciones, recibir quejas y denuncias, exigir correcciones y adoptar medidas administrativas preventivas cuando exista un riesgo grave o inminente para la salud, seguridad o los derechos de los participantes.


El reglamento entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

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