Ana Josefa García Cuello podría ser declarada "inimputable" si se confirma su esquizofrenia

Actualidad24 de agosto de 2024Celia SantanaCelia Santana
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Ana Josefa García Cuello, la médico militar acusada de decapitar a su hija de seis años el pasado jueves 15 de agosto, podría ser declarada "inimputable" si se confirma que padece esquizofrenia, según los artículos 374, 375 y 376 del Código Procesal Penal. Sin embargo, estos artículos incluyen normas que, de no cumplirse, permitirían a un juez rechazar la aplicación del procedimiento especial y determinar que la imputada debe ser juzgada bajo el procedimiento común.

El juez Leomar Cruz Quezada, de la Oficina de Atención Permanente de Santo Domingo Este, ordenó que la mujer sea sometida a una evaluación médica en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), luego de que su abogado, Juan Concepción, informara que padece esquizofrenia desde hace once años. Además, el artículo 64 del Código Penal establece que si se comprueba que la persona inculpada cometió el hecho en un estado de demencia, no se considera crimen ni delito, y el juez le otorgaría libertad pura y simple. 

Desde el punto de vista jurídico 
El abogado Norberto Rondón señaló que es necesario esperar los resultados médicos que confirmen o descarten la condición de salud mental de Ana Josefa García Cuello. Asimismo, destacó que resulta llamativo que la imputada intentara ocultar el arma homicida y que no haya atentado contra la vida del otro menor presente en la residencia, ubicada en el sector Hainamosa, en Santo Domingo Este.

También mencionó el hecho de que llamara al esposo y le expresara que "había problema". 

"Es decir, una persona que intenta borrar evidencias y que además llama a alguien para decir que hay problemas plantea dudas sobre si en el momento en que cometió el hecho, realmente estaba en un estado de locura que justificara la aplicación del artículo 64 del Código Penal en su favor", dijo. El jurista resaltó también que la mujer no ha sido declarada incapaz conforme a lo que establece el Código Procesal Penal, ni lo ha sido por determinación de la ley, por lo que indicó que debe realizarse todo un proceso de investigación que determine que ella está en esas circunstancia.  "Entonces, de acuerdo con la acusación y el requerimiento conclusivo presentado, el Ministerio Público puede solicitar la absolución de la acusada o, en su defecto, que se le apliquen medidas de seguridad especiales", agregó.

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