El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) quemó otros 341 kilogramos de diferentes sustancias narcóticas, la mayoría de marihuana, ocupadas en la continuación de las acciones para el combate al tráfico de drogas en todo el país.
El Inacif detalla en un informe que correspondían a marihuana 289.830 kilogramos, para un 84.78%, mientras que a cocaína 50.167 kilogramos (14.67%), a crack 1.854 kilogramos (0.5425%), y a éxtasis 20 gramos (0.0059%).
En total fueron quemados 341.872 kilogramos de sustancias narcóticas y 6.922 kilogramos de otras sustancias que se determinó en los análisis que le hizo el Inacif que no correspondían a drogas. Las sustancias en ambos casos, tanto positivas a drogas como las que resultaron negativas, correspondían a 868 casos.
Las incautaciones fueron realizadas en recientes operativos por miembros del Ministerio Público y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), como parte de las acciones del plan para combatir esa actividad del crimen organizado en el país.
En Santiago fueron incautados 215,551.974 kilogramos, representando está la mayor cantidad.
También, se realizaron incautaciones en el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Pedernales, La Altagracia, Hermanas Mirabal, San Pedro de Macorís, María Trinidad Sánchez, San Cristóbal, San Juan, Azua y Elías Piña, así como en La Vega, San José de Ocoa, Espaillat, Hato Mayor, Peravia, Monte Plata, El Seibo, Dajabón y Barahona.
Las estadísticas oficiales destacan que este año han sido quemados en total 31,894.369 kilogramos de diferentes drogas.
Los estupefacientes son destruidos cada jueves durante un acto realizado en las instalaciones de la sede de la Primera Brigada de Infantería del Ejército de República Dominicana, ubicadas en el Kilómetro 25 de la autopista Duarte, del municipio Pedro Brand, provincia Santo Domingo.
En la actividad participan miembros de sistema de justicia y del sector salud.
La quema de los narcóticos se lleva a cabo de conformidad con las disposiciones de los artículos 33 y 92 de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana, y el artículo 26, acápite 3, de la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11.