Aplazan por más de seis meses el inicio del juicio de fondo contra Wander Franco

Justicia 12/12/2024Celia SantanaCelia Santana
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Los jueces que integran el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia, del distrito judicial de Puerto Plata, aplazaron para el día 2 de junio del 2025 el inicio del juicio de fondo contra el pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, por supuesto abuso psicológico y sexual en perjuicio de una adolescente de 14 años. El aplazamiento se debió a que la mayoría de los testigos del caso no fueron citados.

El tribunal, presidido por la magistrada Yakaira Veras, dictó orden de conducencia contra los 30 declarantes que se ausentaron al inicio del juicio. Entre los testigos que no asistieron a la vista figuran el personal médico y psicológico que examinaron a la menor de edad.

La nueva audiencia fue fijada para iniciar a partir de las 9:00 de la mañana en la sala del Tribunal Colegiado de Puerto Plata. Además del pelotero, en el proceso también está imputada la madre de la víctima, Martha Vanessa Chevalier Almonte, por presunta explotación sexual y lavado de activos.

El campocorto de los Rays de Tampa Bay es acusado de abuso sexual, explotación sexual y comercial contra una menor y trata de personas. El Ministerio Público alega en su acusación que Franco, a través de su madre Yudelka Aybar, transfirió sumas significativas en pesos y dólares a la mamá de la menor de edad, alegadamente para consentir el abuso. Al inicio del proceso, el padre de la víctima formaba parte de la acusación junto a la fiscalía. Durante la audiencia preliminar del caso decidió retirar la querella sin ofrecer detalles.

El pelotero y la madre de la menor enfrentan cargos por abuso contra niños, niñas y adolescentes, en violación al artículo 396, literal B y C, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), así como por violación a las leyes 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y por asociación de malhechores, en violación de los artículos 265, 266 y 267 del Código Penal Dominicano.

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