La JCE aclaró que los registro de extranjeros que nacieron en el país no les otorga la nacionalidad dominicana

Actualidad04 de septiembre de 2024Yerandi SantanaYerandi Santana
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La Junta Central Electoral (JCE) afirmó ayer que el registro de nacimiento en el Libro de Extranjería de hijos e hijas de extranjeros que se hallen en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano, no les otorga la nacionalidad dominicana.

El órgano electoral precisó que cumple debidamente con el proceso de inscripción de los extranjeros nacidos en territorio dominicano.

Mediante un comunicado enviado a los medios de comunicación, la JCE explicó que de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República y en la Ley General de Migración para el registro de los nacimientos de extranjeros ocurridos en el territorio nacional, los centros de salud deben de entregar a las madres extranjeras una constancia del nacimiento de sus hijos para su posterior registro por el órgano electoral en un libro para extranjeros.

“Este proceso concluye con la remisión de estos registros de extranjeros desde la Dirección Nacional de Registro Civil de la Junta Central Electoral al despacho del Presidente de este órgano, quien a su vez envía al Ministerio de Relaciones Exteriores para su posterior entrega a las embajadas de las diferentes nacionalidades que son registradas en el Libro de Extranjería, lo cual no implica en lo absoluto que la persona inscrita en este libro de extranjería adquiera la nacionalidad dominicana”, reseña el documento.

La JCE recordó que el artículo 28.1 de la referida ley establece que “todo centro de salud que al momento de ofrecer su asistencia de parto a una mujer extranjera que no cuente con la documentación que la acredite como residente legal, expedirá una Constancia de Nacimiento de color rosado diferente a la Constancia de Nacimiento Oficial, con todas las referencias personales de la madre”.

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