
Poder Ejecutivo somete al Senado modificación a la ley de bonos soberanos
Actualidad11/09/2025

El Poder Ejecutivo sometió al Senado un proyecto legislativo que modifica la Ley 90-24, sobre bonos soberanos, para establecer el monto máximo autorizado para la emisión de valores de deuda pública en RD$361,618,239,013.00, o su equivalente en moneda extranjera, tal como fue aprobado en la Ley 86-25, de Presupuesto Reformulado.
La ley promulgada el 20 de diciembre de 2024 autorizó al presidente Luis Abinader, a través del Ministerio de Hacienda, la emisión de bonos soberanos por hasta RD$350,990,390,000.00 o su equivalente en moneda extranjera, por lo que, con la propuesta legislativa de ahora y los cambios sufridos en el Presupuesto General del Estado vigente, se aumentan RD$10,627,849,013.00 al monto máximo autorizado para la emisión de valores de deuda pública.
La legislación tiene el propósito de modificar los artículos 3 y 10 de la Ley 90-24, para establecer el monto aprobado mediante la Ley 86-25 y adecuar el procedimiento para la administración de pasivos a la normativa vigente.
El nuevo artículo 3 autoriza al Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Economía, a la emisión y colocación de valores de deuda pública por hasta un monto máximo de RD$361,618,239,013.00, o su equivalente en moneda extranjera.
Su párrafo único señala que la cuantía de emisión de valores de deuda pública autorizados en este artículo podrá ser cubierto “con otras fuentes financieras”, de presentarse condiciones favorables para el Estado en la contratación de estas.
De igual manera, el proyecto modifica el artículo 10, sobre administración de pasivos, para que diga:
“Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Economía, a realizar operaciones de manejo, administración y/o gestión de pasivos durante el año 2025, por hasta el diez por ciento (10%) del balance de la deuda del Sector Público No Financiero, que tengan como objetivo reducir el monto, el servicio de la deuda externa e interna o el riesgo a exposición cambiaria de dicho sector, a través de emisiones de títulos de deuda para canjear o recomprar pasivos de deuda del sector público no financiero”, indica.
En los párrafos del I al VIII del articulado, se sustituye la palabra Ministerio de Hacienda por “Ministerio de Hacienda y Economía”, debido a que al momento de la creación de la Ley 90-24 no existía la fusión ministerial.
Justificación
La Cámara Alta remitió la pieza a la Comisión Permanente de Hacienda, en su sesión ordinaria de ayer, realizada en San Pedro de Macorís. Tanto el Senado como la Cámara de Diputados deberán sancionar la iniciativa para que sea ley y pase al Poder Ejecutivo, para su promulgación u observación.
Responde a la expansión del gasto de capital
El incremento en el monto máximo autorizado para la emisión y colocación de valores de deuda pública responde a la expansión del gasto de capital prevista en la modificación del Presupuesto 2025, de acuerdo con el presidente de la República. Esta medida, según pondera, se ajusta a una política fiscal contracíclica orientada a mitigar los efectos de la coyuntura internacional, dinamizar la economía nacional y promover un crecimiento sostenible.

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